Los comerciantes eligen cada vez más a Mercado Libre para colocar sus productos. Pero deben saber que esta estrategia implica importantes gastos de comisión por el uso de la plataforma, más los costos impositivos nacionales y provinciales.
“Mercado Libre es agente de retención de impuestos en distintos regímenes“, indica a iProUP la asesora tributaria Romina Batista, quien agrega que los cobros a cuenta son “de todo tipo, pero los que más sufren los contribuyentes son las de IVA, Ganancias e Ingresos Brutos provincial“.
Por otra parte, ofertar productos en el marketplace del unicornio es gratis, pero no tanto, ya que se paga una comisión cuando la venta ya esté concretada en algunos tipos de publicación.
Mercado Libre: qué comisiones cobra
Las modalidades de publicación en Mercado Libre son tres y tienen diferentes costos y beneficios.
1.- Clásica
Por este tipo de publicación, Mercado Libre cobra entre 12% y 16,5% de la venta, según la categoría del producto, más $150 de costo fijo por unidad vendida en productos menores a $8.000. En esta modalidad, el producto estará visible por tiempo ilimitado y tendrá una exposición alta en los listados, pero el vendedor no podrá ofrecer cuotas al precio al que publica.
Por ejemplo, con la venta de 2 unidades de una mochila mostradas en el tipo de publicación clásica por $7.500, los costos son:
- Por venta clásica (15,5% sobre $15.000): $2.325
- Por vender 2 unidades: $300
- Por la venta total: $ 2.625

Sin embargo, los artículos de Supermercado (alimentos, bebidas, higiene y limpieza) quedan exceptuados del costo fijo adicional por unidad.
2.- Premium
En este caso, Mercado Libre se queda entre 31,5% y 36% de la venta, según la categoría del producto, más $150 de costo fijo por unidad vendida en productos menores a $8.000. También es ilimitado el tiempo que estará vigente la publicación y la exposición será máxima en los listados, pero además se podrán ofrecer seis cuotas al precio publicado.
3.- Gratuita
Si bien se puede publicar sin cargo durante sólo 60 días y baja exposición en los listados, esto es posible hasta 20 ventas de productos usados o 5 nuevos. En ambos casos, permite hasta 10 publicaciones a la vez y siempre con stock de una unidad.
Obviamente, no se pueden ofrecer cuotas, a diferencia de la modalidad Premium que hasta permite usar el Programa Ahora 12 y pagar el cargo por venta que corresponda según la cantidad de pagos.
Mercado Libre: qué retenciones aplica sobre las ventas
“Mercado Libre retiene impuestos nacionales y provinciales que se podrán tomar como pago a cuenta siempre que el sujeto se encuentre inscripto en la jurisdicción que corresponda o en Convenio Multilateral en el caso de Ingresos Brutos, IVA y Ganancias”, indica Batista, quien precisa:
1. IVA y Ganancias
Los Responsables Inscriptos serán alcanzados por estas retenciones y se aplicarán sobre todos los cobros dependiendo el medio de pago.

Los monotributistas, las microempresas y las potenciales microempresas están excluidos de estas retenciones, aunque hay excepciones en el caso del IVA con el Monotributo.
2. Ingresos brutos
Las retenciones del Impuesto sobre los Ingresos Brutos varían según la jurisdicción en que se vende y los montos que se cobran. El porcentaje oscila entre 0,1% y llega hasta el 7%.
“Estos montos se aplican sobre los costos por servicios prestados por Mercado Libre y pueden evitarse o reducirse con una correcta inscripción en el impuesto, y manteniendo las presentaciones al día”, considera Batista,
Mercado Libre: qué retenciones existen a los pagos con tarjeta
“En las jurisdicciones adheridas a SIRTAC, que es el sistema unificado de retención en tarjeta de crédito, las retenciones se rigen por padrones que publican cada mes los fiscos, y si corresponde se aplican las alícuotas que se indiquen sobre los cobros”, afirma Batista, y continúa:
El resto de las jurisdicciones no se rigen por padrón y sus retenciones se calculan de acuerdo a la condición impositiva ante los distintos fiscos provinciales. Por ejemplo, en Ciudad de Buenos Aires, si no se realizó la inscripción en Ingresos Brutos de AGIP y en un mes se realizan 25 ventas o más que superan los $12.500, se comenzará a aplicar una retención del 2% en cada cobro.
– Si no se realizó la inscripción en la jurisdicción en la cual se produjo la transacción pero sí en otra, SIRTAC aplicará una retención de 1,5%. En el caso de no estar inscripto en Ingresos Brutos y si la venta se realiza en una jurisdicción adherida a SIRTAC, se cobrará una retención del 3%.
– Además, en las ventas online la retención se aplicará cuando se produzca la habitualidad. Es decir, se hayan realizado al menos 10 operaciones por un monto mínimo de $50.000 en un mes.
